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Andalucía ha generado, a lo largo de los siglos, una enorme variedad de manifestaciones culturales expresadas a través de la danza. Sin embargo, la atención suele centrarse de forma prioritaria en el baile flamenco, hasta el punto, de que otras formas dancísticas con raíz popular quedan en un segundo plano o se ven eclipsadas por esta forma de danza. Esto puede llevar a pensar que la danza en Andalucía no va más allá del flamenco. Por tanto, la intención de este artículo es ofrecer una aproximación a la danza andaluza no flamenca. Tales danzas incluyen, entre otras, las jotas, que se arraigan en varias áreas de la región, las seguidillas en sus variadas versiones y los fandangos presentes en distintos territorios con estilos locales reconocibles.
La metodología empleada en este estudio se basa fundamentalmente en la consulta y análisis de fuentes documentales y audiovisuales. De manera prioritaria, se ha trabajado con el Fondo de Música Tradicional (IMF-CSIC), uno de los archivos más importantes del espectro etnológico-musical español, que reúne más de 200 videos de canciones y danzas que fueron grabadas por el noticiero NODO entre los años 1956 y 1976. Junto a este repositorio institucional, se ha recurrido igualmente al fondo creado por el folklorista Juan Navarro, figura destacada en la investigación, recopilación y difusión del folklore andaluz. Su archivo, denominado «Folklore Andaluz», y disponible públicamente a través de la plataforma Youtube, ofrece un amplio conjunto de grabaciones que documentan bailes y músicas populares andaluzas. Así mismo se ha tenido en cuenta su obra «Repertorio de danzas y bailes tradicionales de Andalucía», que constituye una referencia fundamental en la catalogación del patrimonio dancístico andaluz. No obstante, el presente estudio se centra en aquellas formas que, por su amplia difusión histórica y por compartir determinados rasgos musicales y estructurales, permiten establecer un marco conceptual e histórico común en torno a la jota, el fandango y la seguidilla, dentro del folklore danzado no flamenco.
Una cuestión que conviene precisar es la distinción entre folklore y flamenco, dos conceptos que, aunque hoy se perciben diferenciados entre sí, comparten un origen común dentro de lo que inicialmente se denominó músicas y bailes andaluces. No es hasta finales del siglo xix cuando el flamenco empieza a adquirir una entidad propia y diferenciada; sin embargo, este distanciamiento no supone una ruptura total entre ambos ámbitos. La influencia del folklore en la configuración del flamenco resulta evidente, especialmente si se atiende a la presencia de determinados géneros de raíz popular en su repertorio. En este sentido, el fandango, considerado uno de los estilos folklóricos más extendidos por la península, no constituye una forma exclusiva del flamenco, ya que se documenta como danza y forma musical tradicional en territorios como Castilla, Cataluña o incluso en el País Vasco[1]. Podría afirmarse, por tanto, que el flamenco nace con una esencia claramente folklórica, pero su evolución histórica hace que, en la actualidad, no pueda ser clasificado como folklore en el sentido estricto. Este proceso evolutivo, complejo y progresivo, queda reflejado con claridad en el propio expediente de declaración del flamenco como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, donde se subraya que el flamenco es el resultado de una confluencia de herencias culturales diversas. En dicho documento se reconoce, la influencia de los ritmos cubanos en los cantes de ida y vuelta, la pervivencia de estructuras castellanas en estilos como las sevillanas (seguidilla sevillana), o la impronta de los moriscos en manifestaciones como los verdiales (fandangos malagueños)[2].
Antes de abordar el mapa de las danzas tradicionales del folklore andaluz, resulta necesario ofrecer una breve aproximación a las formas coreográficas y musicales que conforman el núcleo de estas. La jota, el fandango y la seguidilla constituyen tres referentes fundamentales por su presencia histórica en Andalucía. Aunque cada una de estas formas presenta variantes regionales, las formas andaluzas se mantienen como componentes esenciales del repertorio tradicional regional.
Jota
Constituye una de las formas más extendidas del repertorio folklórico español, situándose como un género de tradición que ha sido documentado en múltiples regiones de la península ibérica, manifestada tanto en forma de música, como de danza. El más antiguo de dichos documentos, es un manuscrito titulado Cifras para Arpas, datado entre finales del siglo xvii y principios del xviii, que procede de la ciudad de Ávila[3]. La jota, nació como una variedad tradicional de moda entre la sociedad popular. El origen de las diferentes formas y estilos actuales comenzó a gestarse durante el siglo xviii para llegar a su apogeo en el xix, y continuar su evolución durante el xx. En su forma tradicional suele ejecutarse en compas ternario, con una cadencia rápida y fácilmente reconocible[4], que es bailada con movimientos de salto y desplazamientos que combinan pasos rítmicos, que a menudo son acompañados de castañuelas, guitarras o bandurrias.
La evolución de la jota en los distintos territorios se explica, en gran medida, por una migratoriedad de estilos, melodías y aires que han permitido su incorporación a contextos sociales diversos, ajustándose a los gustos, usos y necesidades de las comunidades portadoras. Este proceso se sustenta en la existencia de un lenguaje musical compartido, difundido históricamente a través de músicos populares, cuadrillas de jornaleros, maestras o incluso sacerdotes, que actuaron como agentes de transmisión y mediación cultural. Como consecuencia, la jota ha configurado un mapa muy amplio y heterogéneo, en el que las particularidades locales no diluyen la forma general, sino que constituyen su rasgo definitorio[5].
Podríamos decir que la estructura del baile de la Jota se conforma de manera básica en una serie de estribillos o paseíllos y de mudanzas propias ejecutadas en las coplas, que pueden ser cantadas o no, al igual que los intermedios musicales (estribillos). No obstante, se trata de un medio de expresión particular y personal, a pesar de ser compartido, con lo que existen múltiples matices en los estilos personales, la expresión corporal, los matices gestuales y los diferentes estilos de brazos, cuerpo, pies, etc. El baile en la Jota, su diversidad de aires y maneras de expresión son tan amplios y extensos como estilos de jotas puedan existir. Sus características estarán condicionadas a los estilos particulares, a los localismos, distinguiendo diferentes formas de expresión en función de los ámbitos que abordemos[6].
En cuanto al término «Jotilla» aparece en la tradición folklórica como denominación local de variantes de la jota. Aunque no constituye un género de manera normativa, su inclusión en el repertorio andaluz se justifica por su base musical y coreográfica común con la jota, ya que comparte estructura musical ternaria, la organización en coplas y el carácter de baile social.
Esta relevancia cultural y su amplia implantación territorial han sido reconocidas también a nivel institucional. En este sentido, la jota está reconocida oficialmente como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, por el Ministerio de Cultura y Deporte.
Fandango
El Diccionario de Autoridades (1726-1739) nos ofrece una de las primeras definiciones del fandango, describiéndolo como un «Baile introducido por los que han estado en los Reinos de Indias, que se hace al son de un tañido mui alegre y festivo[7]». En términos comparativos, esta primera descripción coincide con la definición actual del Diccionario de la Lengua Española, editado por la Real Academia Española, que define el fandango como un «Antiguo baile español, muy común todavía en Andalucía, cantado con acompañamiento de guitarra, castañuelas, y hasta platillos y violín, a tres tiempos y con movimiento vivo y apasionado[8]»
Las fuentes históricas documentan la presencia del fandango desde, al menos, principios del siglo xviii. Uno de los testimonios más tempranos se encuentra en una carta fechada en 1712, escrita por Manuel Martí, deán del cabildo de Alicante, en la que relata un baile que observó bailar en Cádiz, considerada el primer testimonio directo conocido de esta danza. A pesar de que con posterioridad a esta fecha se conservan fuentes que documentan el fandango, existe una dificultad clara para reconstruir con precisión las formas dancísticas y musicales populares de los siglos xviii y xix, porque los documentos de esa época, rara vez ofrecen descripciones detalladas de las danzas o de las partituras musicales[9].
En el Caso de Andalucía, el fandango presenta una amplia implantación territorial y una notable diversidad de estilos locales, pudiendo considerarse como una de las formas musicales tradicionales más representativas del repertorio andaluz. Su práctica se documenta en distintas provincias, con estilos claramente identificables como los fandangos de Lucena (Cordoba), Péjar y Güejar Sierra (Granada), o Competa (Málaga), además de los ampliamente conocidos fandangos de la provincia de Huelva, donde alcanza una especial densidad[10]. La configuración del fandango en su vertiente flamenca se produce en el contexto andaluz del último tercio del siglo xix, coincidiendo con el auge de los cafés cantantes. Es en este entorno urbano donde los fandangos inician un proceso de transformación, alejándose paulatinamente, partiendo de su carácter anterior más popular de música bailable, para constituirse en cantes libres. Esta evolución, marca una diferencia musical entre los fandangos populares y los flamencos. Los fandangos tradicionales, aun cuando algunos hayan sido posteriormente reinterpretados por interpretes flamencos, se caracterizan por su interpretación en un compás ternario, por el contrario, buena parte de los flamencos se interpretan sobre un compás libre[11].
Aunque la moda del fandango en el contexto urbano terminó a fines del xviii, siendo sustituido por el bolero, el fandango como baile pasó a la tradición de varias provincias españolas. Para la segunda mitad del siglo xix, en el sur de España, el fandango, el bolero, la seguidilla y en general el baile de candil, derivaron en el flamenco. El baile y música se desarrollaría en cafés y teatros de Sevilla, asociado a un ambiente literario y cultura particular[12].
Institucionalmente, el fandango de la provincia de Huelva se encuentra inscrito en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, por medio del Decreto 92/2020 de 30 de junio.
Seguidilla
Los orígenes de la seguidilla se remontan al siglo xv, si bien diversos estudios sitúan sus antecedentes más remotos en tradiciones poético musicales anteriores. A este respecto, se han señalado vínculos con las jarchas hispano mozárabes de los siglos xi y xii, al igual que con las cantigas gallegas de Alfonso X El Sabio. La denominación seguidilla aparece documentada por primera vez a finales del siglo xvi, concretamente en la novela picaresca «Guzmán de Alfarache» (1599) escrita por Mateo Aleman, quien señala que las seguidillas arrinconaron a la zarabanda, aludiendo así a su popularidad frente a otras danzas del momento. Poco después, Luis Alfonso de Carvallo ofrece la primera definición reconocida del término en su tratado «El cisne de Apolo» (1602). Durante los siglos xvii y xviii la seguidilla alcanzó una notable difusión y aceptación social. Así en la época de Cervantes fue ampliamente conocida apareciendo integrada de manera habitual en el teatro español del siglo de oro[13].
La seguidilla puede definirse como un género musical y de baile típicamente español, cuya implantación histórica ha sido especialmente relevante en Andalucía, aunque también ha tenido un papel fundamental en otras regiones como Castilla la Mancha. Desde el punto de vista rítmico, se articula generalmente en compas ternario, si bien los expertos en la materia no han alcanzado un consenso a la hora de establecer un pie métrico común que englobe todas sus variantes. En el caso del cante suele ir acompañado por instrumentos característicos del ámbito popular, como la guitarra, el laúd o las castañuelas, mientras que el baile presenta una notable variedad de formas, entre las que destacan, las ejecutadas por parejas y aquellas en las que el zapateado adquiere un papel protagonista[14].
Uno de los tipos más relevantes de seguidilla es el desarrollado en Castilla la Mancha, la tradicionalmente conocida seguidilla manchega. Aunque resulta complejo determinar con precisión su origen, numerosos estudios coinciden en señalar esta variante como núcleo primigenio desde el cual el género se difundió por el resto de la península, hasta convertirse en una de las formas dancísticas más antiguas de España[15].
Es obvio que la Seguidilla, en cuanto a baile, desde antiguo ha cumplido su función de baile de divertimento, como así lo atestiguan diferentes cronistas. La Seguidilla, en un principio literaria, después musicalizada, y más tarde coreografiada o bailada, debe su nombre a lo seguido de sus coplas y de su música. Sin lugar a duda estamos ante una de las piezas instrumentales, cantadas y bailadas, más antiguas y genuinas de cuantas ha mantenido la cultura y tradición oral castellana; las seguidillas son uno de los bailes de pareja más antiguo y genuino de España[16].
En reconocimiento a todo este valor patrimonial, la seguidilla en su forma manchega ha sido declarada Bien de Interés Cultural Inmaterial, y protegida por el Gobierno de Castilla la Mancha, como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Jota | Localidad | Provincia | |
1 | Jotilla de Villanueva | Villanueva de Cordoba | Cordoba |
2 | Jota de Los Pedroches | Los Pedroches | Cordoba |
3 | Jota Serrana de Pozoblanco | Pozoblanco | Cordoba |
4 | Jota de Belmez | Belmez | Cordoba |
5 | Jota Belalcázar | Belalcázar | Cordoba |
6 | Jotilla de Huéscar | Huéscar | Granada |
7 | Jota de la Puebla de Don Fadrique | Puebla de Don Fadrique | Granada |
8 | Jotilla Santa Barbara de Casas | Santa Barbara de Casas | Huelva |
9 | Jotilla de Aroche | Aroche | Huelva |
10 | Jota de Cuadro | Bedmar | Jaén |
11 | Jota de Aldeahermosa | Aldeahermosa | Jaén |
12 | Jota de Albanchez de Magina | Albanchez de Magina | Jaén |
13 | Jotilla suelta de Cazorla | Cazorla | Jaén |
14 | Jota del Ojuelo | Segura de la Sierra | Jaén |
15 | Jota de la Puerta de Segura | Puerta de Segura | Jaén |
16 | Jota de Mijas | Mijas | Málaga |
17 | Jota de Pique | Istán | Málaga |
18 | Jotilla Guareña | Guaro | Málaga |
19 | Jota Panocha | Istán | Málaga |
20 | Jotilla de Aznalcollar | Aznalcollar | Sevilla |
Tabla 1 Jotas de Andalucía
Fandango | Localidad | Provincia | |
1 | Fandango Cuevas de Almanzora | Cuevas de Almanzora | Almeria |
2 | Fandango de Andarax | Laujar de Andarax | Almeria |
3 | Chacarrá de Tarifa | Tarifa | Cadiz |
4 | Chacarrá de Benalup | Benalup de Sidonia | Cádiz |
5 | Fandango Abandolao | Jimena de la Frontera | Cádiz |
6 | Chacarrá de Facinas | Facinas/Tarifa | Cádiz |
7 | Fandango de Puente Genil | Puente Genil | Cordoba |
8 | Mudanzas de Cabra | Cabra | Cordoba |
9 | Fandango de Rute | Rute | Cordoba |
10 | Fandango de Ánimas | Puebla de Don Fadrique | Granada |
11 | Fandango de Murtas | Murtas | Granada |
12 | Fandango de Huéscar | Huéscar | Granada |
13 | Fandango Rajao | Aldea de la Legua | Granada |
14 | Fandangos de la Legua | Baza | Granada |
15 | Fandangos de Zagra | Zagra | Granada |
16 | Fandango Robao | Otivar | Granada |
17 | Fandango de Granada | Granada | Granada |
18 | Fandango de Encinasola | Encinasola | Huelva |
19 | Fandango de Otívar | Otívar | Huelva |
20 | Malagueña Serrana | Silex | Jaén |
21 | Fandango Robao | La Iruela | Jaén |
22 | Fandango de Charilla | Charilla | Jaén |
23 | Verdiales de Álora | Álora | Málaga |
24 | Fandango de Montes | Montes de Málaga | Málaga |
25 | Fandango de Santi Petri | Santi Petri | Málaga |
26 | Triangulo de Fuengirola | Fuengirola | Málaga |
27 | Fandango de Competa | Competa | Málaga |
28 | Fandango de Mijas | Mijas | Málaga |
29 | Fandango de Villanueva de Algaidas | Algaidas | Málaga |
30 | Verdiales Veleños | Velez-Málaga | Málaga |
31 | Fandango de Tolox | Tolox | Málaga |
32 | Fandango de Siega | Competa | Málaga |
33 | Fandango de Gaucín | Gaucín | Málaga |
34 | Fandango Cortijero | Villanueva de Algaidas | Málaga |
35 | Fandango de Campillos | Campillos | Málaga |
36 | Fandango de Ojén | Ojén | Málaga |
37 | Fandango de Nerja | Nerja | Málaga |
38 | Fandango de Jorox | Jorox | Málaga |
39 | Verdiales de Almogía | Almogía | Málaga |
40 | Fandango Abandolao | Cortes de la Frontera | Málaga |
41 | Rondeña Malagueña | Ronda | Málaga |
42 | Fandangos de Chilches | Chilches/Velez-Málaga | Málaga |
43 | Fandango de Comares | Comares | Málaga |
44 | Fandango suelto Mijas | Mijas | Málaga |
45 | Fandango Agarrao Mijas | Mijas | Málaga |
46 | Fandango Saltao | Cortes de la Frontera | Málaga |
47 | Fandango de Pujerra | Pujerra | Málaga |
48 | Zangano de Velez Málaga | Velez Málaga | Málaga |
49 | Malagueñas Tristes | Álora | Málaga |
50 | Fandangos de Antequera | Antequera | Málaga |
51 | Fandango de Alfarnate | Alfarnate | Málaga |
52 | Fandango Roda de Andalucía | Roda de Andalucía | Sevilla |
Tabla 2 Fandangos no flamencos de Andalucía
Seguidilla | Localidad | Provincia | |
1 | Seguidillas de Caniles | Caniles | Granada |
2 | Manchegas de Castilléjar | Castilléjar | Granada |
3 | Seguidillas de Huéscar | Húescar | Granada |
4 | Seguidillas Puebla de Don Fadrique | Puebla de Don Fadrique | Granada |
5 | Seguidillas de Almanciles | Almanciles | Granada |
6 | Seguidillas de Santiago de la Espada | Santiago de la Espada | Huelva |
7 | Seguidillas del Burgo | El Burgo | Málaga |
8 | Marcheneras | Marchena | Sevilla |
9 | Sevillanas | Sevilla | Sevilla |
Tabla 3 Seguidillas de Andalucía
Conclusiones
En este artículo se aborda una aproximación al folklore dancístico andaluz no flamenco a partir de tres formas centrales: la jota, el fandango y la seguidilla, creando un marco histórico que permite entender su presencia en las provincias andaluzas. De esta forma, hemos delimitado el objeto de estudio frente a otros repertorios más amplios o de carácter enciclopédico que incluyen otras formas como danzas rituales, o bailes de raíces flamencas.
En concreto se han localizado 20 representaciones de jotas y jotillas, distribuidas en la provincia de Cordoba (5), Granada (2), Huelva (2), Jaén (6), Málaga (4) y Sevilla (1), sin constancia documental en las provincias de Almeria y Cádiz. En el caso del fandango, se han registrado 52 ejemplos con una presencia especialmente destacada en Málaga (29), además de Almeria (2), Cádiz (4), Cordoba (3), Granada (8), Huelva (2), Jaén (3) y Sevilla (1). Por su parte, las seguidillas aparecen de forma mas limitada, con nueve manifestaciones documentadas, repartidas entre Granada (5), Huelva (1), Málaga (1) y Sevilla (2), sin registros localizados en el resto de las provincias.
Estos datos, debemos interpretarlos con cautela, ya que no pretendemos establecer un catálogo cerrado ni exhaustivo. Es razonable suponer que el numero real de danzas practicado fue mayor, y que parte de este patrimonio no llegó a ser documentado o se ha perdido con el paso del tiempo debido a la falta de transmisión oral a personas interesadas en seguir su práctica y a la falta de registros.
En otro orden, el recorrido por la historia y por las características musicales de la jota, el fandango y la seguidilla permite afirmar que, aunque comparten un sustrato común de música popular, su evolución y consolidación en Andalucía han seguido trayectorias distintas. El estudio evidencia también que el folklore dancístico andaluz no flamenco sigue siendo una realidad viva, presente en contextos festivos y comunitarios.
Finalmente, conviene subrayar que la jota, el fandango y la seguidilla no solo constituyen un legado histórico y cultural de primer orden, sino que son objeto de distintos reconocimientos institucionales como manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, aunque bajo figuras de protección y alcances diversos. Estas medidas, todavía desiguales, evidencian una progresiva toma de conciencia sobre la importancia de la danza tradicional como parte esencial del patrimonio inmaterial. En este aspecto, más allá de las categorías administrativas, la permanencia de estas danzas en la memoria colectiva y en las prácticas comunitarias, confirma que siguen siendo espacios de identidad, transmisión y convivencia, cuya supervivencia depende, en gran medida, de su conocimiento, estudio y difusión, elementos clave para su salvaguarda.
BIBLIOGRAFÍA
Autoridades, Diccionario de. «Definición de fandango.» Vol. II. Diccionario historico de la lengua española, 1732.
BOE, Boletín Oficial del Estado. «Real Decreto 600/2023, de 4 de julio, por el que se declara la Jota como género tradicional, como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.» Madrid: Ministerio de Cultura y Deporte, 18 de julio de 2023.
—. «Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de la «Jota» como género tradicional como manifestación representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.» Madrid: Ministerio de Cultura y Deporte, 10 de Abril de 2023.
BOJA, Boletín Oficial Junta de Andalucía. «Decreto 92/2020, de 30 de junio, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, la Actividad de Interés Etnológico denominada El Fandango en la provincia de Huelva.» Consejeria de Cultura y Patrimonio Historico, 3 de julio de 2020.
Delgado Méndez, Aniceto. «Los fandangos en la provincia de Huelva: propuestas para su salvaguarda.» I Congreso internacional de flamenco. Sevilla: Instituto Andaluz de Flamenco. Consejeria de Cultura, Junta de Andalucia, 2011.
DOCM, Diario Oficial de Castilla la Mancha. «Acuerdo de 10/11/2015, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Seguidilla Manchega, con la categoría de Bien Inmaterial. [2015/13867].» Consejeria de Educación Cultura y Deportes, 18 de noviembre de 2015.
Naranjo Loreto, Manuel. «Flamenco y Folklore: análisis desde una perspectiva folklórica.» Revista de flamencología (Cátedra de Falmencología) I-Primer semestre (1995): 86-92.
RAE, Diccionario de la Lengua Española. «Definición de fandango.» Edición del Tricentenario. Real Academia Española, 2014.
Ribera y Tarragó, Julián. La música de la jota aragonesa. Ensayo histórico. Madrid: Instituto de Valencia de Don Juan, 1928.
Rubio Escudero, Carlos. «Diccionario Español de Términos Literarios Internacionales.» CSIC, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2015.
Ruiz, Rafael. «El fandango en España y América.» Investigador independiente, 2013: 1-34.
UNESCO, Organización de las Naciones Unbidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. «Expediente de nominación N.º 00363 Para la inscripción en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial en 2010.» 10 de Noviembre de 2010.
NOTAS
[1]Manuel Naranjo Loreto. «Flamenco y Folklore: análisis desde una perspectiva folklórica». Revista de Flamencología, pág. 86-92. (Jerez de la Frontera, 1995)
https://ia801700.us.archive.org/32/items/REVISTADEFLAMENCOLOGIA01/RF_01_FLAMENCO_Y_FOLKLORE_text.pdf
[2]Organización de las naciones unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Nomination file no. 00363 For inscription on the representative list of the intangible cultural heritage in 2010. (UNESCO 2010).
https://ich.unesco.org/es/RL/el-flamenco-00363
[3]Julián Rivera y Tarragó. La música de la jota aragonesa ensayo histórico. Instituto de Valencina de Don Juan. (Madrid 1928).
https://dn710208.ca.archive.org/0/items/lamusicadelajota0000unse/lamusicadelajota0000unse.pdf
[4]Boletín Oficial del Estado (BOE). Real Decreto 600/2023, de 4 de julio, por el que se declara la Jota como género tradicional, como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial. Ministerio de Cultura y Deporte. (Madrid 2023).
https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/18/pdfs/BOE-A-2023-16638.pdf
[5]Boletín Oficial del Estado (BOE). Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de la «Jota» como género tradicional como manifestación representativa del patrimonio cultural inmaterial. Ministerio de Cultura y Deporte. (Madrid 2023).
https://www.boe.es/boe/dias/2023/04/10/pdfs/BOE-A-2023-8937.pdf
[6]Ibid. Pág. 51784
[7]Diccionario de Autoridades (1726-1739). Tomo II. Definición de Fandango (1732). Diccionario de Autoridades (1726-1739).
[8] Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española. Definición de Fandango (2014) fandango | Definición | Diccionario de la lengua española | RAE - ASALE
[9]Rafael Ruiz. El fandango en España y America. Investigador independiente (2013).
https://archive.org/details/ElFandangoEnEspaaYAmmrica/page/n5/mode/2up
[10]Aniceto Delgado Méndez. Los fandangos en la provincia de Huelva: propuestas para su salvaguarda. I Congreso internacional de Flamenco. (Sevilla 2011). https://www.juntadeandalucia.es/cultura/redportales/comunidadprofesional/sites/default/files/aniceto_delgado_mendez._los_fandangos_en_la_provincia_de_huelva_propuestas_para_su_salvaguarda.pdf
[11]Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Decreto 92/2020, de 30 de junio, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, la Actividad de Interés Etnológico denominada El Fandango en la provincia de Huelva.
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/127/BOJA20-127-00317.pdf
[12]Aniceto Delgado Méndez. Pág.11. (Sevilla 2011)
[13]Diario Oficial de Castilla La Mancha (DOCM). Acuerdo de 10/11/2015, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Seguidilla Manchega, con la categoría de Bien Inmaterial. [2015/13867].
[14]Carlos Rubio Escudero. Diccionario Español de Términos Internacionales. Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIS). (Madrid 2015). http://www.proyectos.cchs.csic.es/detli/sites/default/files/Seguidilla.pdf
[15]Ibid. (2015)
[16]Diario Oficial de Castilla la Mancha (DOCM). Pág. 31937. (2015)